Juez dice que decreto sobre matrimonio homosexual no aplica a Puerto Rico

Por Wallice J. de la Vega

Catholic News Service

SAN JUAN, Puerto Rico (CNS) — Ocho meses después que se realizara una inmensa celebración en Puerto Rico en julio pasado, cuando el Tribunal Supremo de Estados Unidos aprobó el matrimonio homosexual con su decreto en el caso Obergefell v. Hodges, un tribunal federal de distrito dictaminó que la decisión del alto tribunal no aplica a esta jurisdicción.

"El tribunal concluye que el derecho fundamental a casarse, según reconocido por el Tribunal Supremo en Obergefell, no ha sido incorporado a la realidad jurídica de Puerto Rico", concluyó el fallo firmado por el juez principal del distrito federal Juan M. Pérez Giménez el 8 de marzo.

Su decreto vino dos años después que una querella fuera radicada por miembros de la comunidad lesbiana, homosexual, bisexual y transgénero contra el gobernador de Puerto Rico, Alejandro García Padilla. Ellos afirmaban que la definición del matrimonio en el Código Civil local — como siendo entre un hombre y una mujer — era inconstitucional, basado en las cláusulas de protección equitativa y de debido proceso jurídico de la Enmienda 14 de la Constitución de Estados Unidos.

El tribunal federal local aprobó la moción del gobernador de desestimar la querella "por no haber presentado cuestiones federales sustanciales", lo cual llevó a una apelación. El caso fue anulado en el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Estados Unidos y devuelto al tribunal local "para consideración adicional a la luz de Obergefell v. Hodges".

Con la decisión del Tribunal Supremo en el caso Obergefell en junio pasado, el gobernador García Padilla inmediatamente ordenó a las agencias gubernamentales cumplir el decreto federal y comenzar emitiendo licencias de matrimonio a parejas del mismo sexo. El decreto actual en el caso apelado fue chocante para muchos isleños en ambos lados del asunto del matrimonio homosexual.

Una vez más el asunto del estado político de Puerto Rico es un elemento clave para la decisión de un caso federal, esta vez basado en dos doctrinas — de incorporación selectiva incorporación territorial.

Según Pérez Giménez, en referencia a la Enmienda 14 de la Constitución de Estados Unidos, aunque originalmente esta era aplicada solamente a los estados y no a individuos, "el Tribunal Supremo comenzó a usar la cláusula de debido proceso jurídico de la enmienda para ‘incorporar’ (selectivamente) varias libertades individuales encontradas en las primeras 10 enmiendas".

Sin embargo, el juez hizo una clara distinción entre estados y territorios: "No obstante, la incorporación de los derechos fundamentales a Puerto Rico a través de la Enmienda 14, distinto a los estados, no es automática", él escribió.

Él también distinguió entre los territorios incorporados y no incorporados, los primeros siendo "considerados futuros estados" pero no los segundos.

En el proceso de adquisición de la isla por Estados Unidos en 1898, se especificó que esta "no era un territorio organizado en el sentido técnico de la palabra". Más aun, él dijo, la Constitución aplica plenamente a los territorios incorporados destinados a ser estados pero parcialmente a los territorios no incorporados.

"De tal manera el tribunal rechaza sostener que la prohibición matrimonial … en el Código Civil viola las cláusulas de protección equitativa y debido proceso jurídico o requerir que los matrimonios realizados válidamente en otra jurisdicción reciban pleno reconocimiento", añadió el juez.

García Padilla reaccionó con desacato al decreto del juez Pérez Giménez.

"Voy a respetar las determinaciones de tribunales de superior jerarquía que, agraciadamente, ordenan un proceder muy distinto", dijo el gobernador en un comunicado de prensa del 9 de marzo. "El derecho fundamental al matrimonio igualitario ha sido validado y ordenado por el Tribunal Supremo Federal y por el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito de Boston".

Los funcionarios eclesiásticos locales no tuvieron una reacción inmediata al decreto del tribunal de distrito federal. Sin embargo, el arzobispo Roberto González Nieves de San Juan había expresado sus opiniones sobre el tema a través de un comunicado de prensa sin fecha de la Conferencia Episcopal Puertorriqueña.

"El matrimonio y la familia no son hechura de los gobiernos ni de los jueces, sino de la conciencia de aquellos primeros seres de la especie humana que habitaron la Tierra al cabo de un proceso largo y multimillonario de evolución", él escribió.

Él también había hecho un llamado a un referendo sobre el matrimonio homosexual para contrapesar lo que veía como una "imposición dictatorial de parte del estado", refiriéndose al apoyo gubernamental del mismo.

"Queremos una sociedad que acoja, acompañe, ame y proteja los legítimos derechos de sus hijos e hijas homosexuales,

lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero", él dijo en marzo del 2015. "Esto no justifica que su unión sea análoga al matrimonio hombre y mujer, única unión capaz de transmitir vida y que refleja el designio del creador".

Algunos analistas políticos locales han propuesto que Pérez Giménez podría estar intentando obligar al Tribunal Supremo de Estados Unidos a clarificar de una vez por todas cuán extensa es la soberanía de Puerto Rico.

"Un podría estar tentado a asumir que la referencia constante a ‘estados’ en Obergefell incluye el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. No obstante, no es el rol de este tribunal aventurarse hacia tal interpretación", escribió el juez.

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